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Ayudas para paliar los daños del lobo

02.07.2013

2.07.2013. El DOG publica hoy una orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras del 19 de junio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños producidos por el lobo y se convocan para el año 2013.

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de estas ayudas encaminadas a compensar a los ganaderos por los daños sufridos en las reses de sus explotaciones debido a los ataques del lobo.

Las ayudas comprenden los daños producidos entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de 2013. Para los daños sufridos antes de esta fecha, y siempre que se comunicara el daño de forma previa según lo indicado en la orden de 2012, existe un plazo de un mes para formalizar la solicitud.

Para los daños que pudieran ocurrir desde hoy, los propietarios de los animales deben comunicarlos en las 24 horas siguientes al ataque mediante una llamada telefónica al 012. El plazo para formalizar la solicitud será de un mes desde que se produjo el daño.

Una vez pasado el 30 de septiembre, en el caso de sufrir algún ataque, este debe ser comunicado como se indica en esta orden, a fin de que pueda ser compensado en la convocatoria del año siguiente.

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